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Las acciones jurídicas impulsadas desde el Consejo de Pueblos inician desde el año 2011, en el marco de gobierno de Álvaro Colon, el cual pretendía reglamentar el derecho de Consulta comunitaria sin consultar a los pueblos indígenas del contenido del reglamento, dicho reglamento favorecía los intereses económicos privados y abría las puertas para que las empresas mineras e hidroeléctricas pudieran entrar con mayor facilidad a las comunidades con la autorización del gobierno. Por lo que el consejo interpuso un recurso de amparo el cual llego hasta la Corte de Constitucionalidad máximo ente de justicia en Guatemala, después de un año la CC dictamina a favor del Consejo de Pueblos y anula dicho reglamento de consulta. En el año 2012, ante las licencias mineras autorizadas en territorios indígenas y la conflictividad social que se agudizaba, el Consejo de Pueblos realiza una análisis político –jurídico y determina que es la actual ley de minería que permite la imposición de licencias mineras sin consulta previa, libre e informada y que es inconstitucional por dos razones; Cuando el congreso aprobó la ley de minería la obligación de consultar a los pueblos indígenas debió haberse cumplido, dos; no existe en la contenido de la ley de minería una forma de regular el procedimiento de Consulta a los Pueblos Indígenas como una forma de cumplir con el deber que tiene el Estado de consultar a los pueblos indígenas antes de la autorización de licencias mineras. Con esos dos vicios de inconstitucionalidad se plantea la demanda en marzo de 2012 ante la Corte de Constitucionalidad que tenía como objetivo anular la Ley de Minería y establecer una nueva ley con la participación de los pueblos, acorde a los derechos fundamentados en los convenios internacionales. Desafortunadamente en este caso la Corte de Constitucionalidad privilegio más los intereses empresariales, económicos, transnacionales y resolvió sin lugar la acción de inconstitucionalidad, en consecuencia se mantiene vigente la actual ley de minería, manteniéndose activas las licencias mineras y de igual manera la conflictividad social. A pesar de la movilización pacífica y democrática de los pueblos en las consultas comunitarias, el Ministerio de Energía y Minas sigue autorizando licencias de construcción de proyectos mineros y de energía, violando sistemáticamente los derechos fundamentales de los pueblos.
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