Las atribuciones del TCP son:
El TCP conoce y resuelve en única instancia la constitucionalidad del procedimiento de reforma parcial de la CPE y la ratificación de tratados internacionales. Revisa acciones de Libertad, de Amparo Constitucional, de Protección de Privacidad, Popular y de Cumplimiento, y resoluciones del Órgano Legislativo que vulneren uno o más derechos. Además, atiende:
Asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y resoluciones no judiciales.
Recursos directos de nulidad de tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones creados, modificados o suprimidos.
Conflictos de competencias entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, y entre éstas; y controversias entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental.
Requisitos para optar a la magistratura del TCP:
• Haber cumplido 35 años de edad.
• Tener especialización o experiencia acreditada de por lo menos ocho años en las disciplinas de Derecho Constitucional, Administrativo o Derechos Humanos. Las magistradas y magistrados tendrán un periodo de mandato de seis años y no podrán ser reelegidas ni reelegidos.