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VIVIENDO LA JUSTICIA - MITO 7
Descripción:

La justicia indígena debe interpretarse a la luz de la universalidad de los conceptos del derecho comparado y el derecho internacional de los derechos humanos y no bajo el criterio de la interculturalidad que atenta flagrantemente a estas categorías universales

Libreto:
MARTILLO DE JUEZ

No, no, y no. No lo acepto.

Pero señora Jueza...

No. La justicia indígena debe (POMPOSA) someterse a la ley y la ley está escrita en los códigos que se basan en “los principios del derecho comparado”

¿Y por qué no dejar actuar a todos los sistemas de justicia y aceptar la diversidad que ordena la Constitución?

GOLPE MUSICAL

Es falso que la justicia indígena debe interpretarse y valorarse desde patrones culturales y legales que le son ajenos.

Debe interpretarse desde su propia cosmovisión y realidad porque, conforme a la Constitución, ningún tipo de cultura o de forma de aplicar la justicia es superior a otra.

Las mismas Naciones Unidas afirman que el diálogo entre culturas enriquece el entendimiento de los derechos humanos y la diversidad cultural.

GOLPE MUSICAL

La justicia indígena es parte de la diversidad cultural del Ecuador y está reconocida en la Constitución con la misma jerarquía y limites que la justicia ordinaria.



¡Queremos una igualdad que respete la diversidad!

LOCUTORA Programa Desarrollo y Diversidad Cultural. Fondo ODM.


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